La Generalitat de Cataluña ha publicado la convocatoria para la subvención de la contratación de personas con contrato indefinido y contratos en prácticas.
Los requisitos comunes para cumplir por las empresas o autónomos son:
– No haber despedido a una persona trabajadora con el mismo perfil o categoría profesional al que contratarán en los 3 meses anteriores a la suscripción del contrato laboral.
– El número máximo de contratos a subvencionar es de 5 por empresa no pudiendo superar el 50 % de la plantilla de la empresa/autónomo.
– En los contratos debe constar una cláusula en la que se publicite que están subvencionados.
– Ha de ser un trabajador de nueva incorporación: No son subvencionables las transformaciones a indefinido ni pueden haber estado contratadas por la misma empresa solicitante en los 12 meses anteriores.
1. Contratación laboral de personas mayores de 30 años.
Se subvenciona la contratación indefinida y a jornada completa.
No se subvencionan contratos de duración determinada, en prácticas, para la formación, interinidad ni contratos de relevo.
Presentación de solicitudes hasta el 31 de mayo de 2022.
Cuantía 1.473,71 € mensuales desde la fecha de inicio del contrato y hasta el 31/12/2022
La persona trabajadora tiene que cumplir alguno de los siguientes requisitos:
– Ser persona desocupada de 45 o más años de edad.
– Ser mujer de 30 años o más.
– Ser persona de 30 años o más, desocupadas de larga duración (desempleados durante al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación subvencionable).
La persona trabajadora debe estar inscrita como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo con carácter previo a la contratación (mínimo 24 horas antes)
En el caso de extinción del contrato por cualquier causa, la subvención se extinguirá en ese momento. No se prevé la posibilidad de sustituir a la persona contratada en los casos de extinción de los contratos antes del 31 de diciembre de 2022.
2. Contratación laboral de personas menores de 30 años.
Se subvenciona la contratación a jornada completa de carácter indefinido de menores de 30 años, así como los contratos en prácticas a jornada completa y con una duración de 12 meses.
No se subvencionan los contratos de duración determinada, contratos para la formación, contratos de interinidad ni contratos de relevo.
Presentación de solicitudes Hasta el 31/03/2022
Cuantía 1.473,71 € mensuales desde la fecha de inicio del contrato y hasta el 31/12/2022
La persona trabajadora tiene que cumplir los siguientes requisitos:
a) Tiene que estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo con carácter previo a la contratación (mínimo 24 horas antes)
b) Trabajador de nueva incorporación: no son subvencionables las transformaciones a indefinido. En el caso que la empresa quiera contratar a una persona que ya haya prestado servicios en la misma anteriormente, el contrato debe haber tenido que
finalizar con anterioridad al 22 de noviembre de 2021.
c) En el caso de contratos en prácticas, se debe poder acreditar que dispone de la titulación adecuada para realizar este tipo de contratos.
En caso de extinción anticipada del contrato de trabajo, la subvención se revocará parcialmente¸ en proporción al tiempo que falte para alcanzar los 12 meses.
Se prevé la sustitución de la persona contratada inicialmente que haya finalizado su contrato por alguna de las siguientes causas:
a) No superación del periodo de prueba se subvenciona el nuevo contrato si cumple los requisitos.
b) Dimisión, jubilación, muerte, gran invalidez o incapacidad permanente total o absoluta o despido disciplinario el nuevo contrato se subvencionará por el tiempo restante hasta alcanzar en total los 12 meses (sumando la duración de los dos contratos)
Las solicitudes de las ayudas se tramitarán por orden de presentación y hasta el agotamiento del presupuesto al que están vinculadas.
Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra ayuda concedida con la misma finalidad que estén financiando otras administraciones públicas o entes privados, excepto con las bonificaciones o reducciones de la seguridad social por la contratación que puedan ser aplicables.
Se subvenciona la contratación indefinida de menores y mayores de 30 años, con determinados requisitos.