Medidas urgentes por la defensa de la ocupación
El pasado viernes día 28 de mayo se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 11/2021, sobre medidas urgentes, para la defensa de la ocupación, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos. En este Real Decreto-ley se expone la nueva normativa en referencia a los ERTE y los aspectos más relevantes se resumen a continuación:
– El 31 de mayo finaliza la vigencia de los expedientes de los ERTES.
– Siguen prorrogados automáticamente todos los expedientes presentados y aprobados por causas de fuerza mayor, hasta el 30 de septiembre de 2021.
– Sigue vigente respecto a los trabajadores afectados la protección de no despido y que las prestaciones que cobran no resten un posterior paro.
– Las cuotas de cotización a la seguridad social de las empresas ya no tienen la exención total sino parcial, y como habrán comprobado cada vez la reducción es menor, pero el ahorro en salarios se mantendrá.
– Para los ERTE por limitación de actividad, desde el 1 de junio de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2021 las empresas de menos de 50 trabajadores podrán beneficiarse de: exoneración del 85% en junio, 85% en el mes de julio, 75% en el mes de agosto y 75% en septiembre. En cuanto a las empresas de 50 o más trabajadores podrán beneficiarse de: exoneración del 75% en junio, 75% en el mes de julio, 65% en agosto y 65% en septiembre.
– Continúa la prohibición de hacer horas extras, no se puede contratar a nadie ni directamente ni a través de ETT, ni nuevas empresas de servicios externos durante la vigencia del ERTE. Y se prorroga seis meses más la prohibición de despidos.