En las últimas semanas, ha sido noticia una resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que sancionaba a 21 empresas de fabricantes y distribuidoras de marcas de automóviles, por prácticas restrictivas de la competencia, entendiendo que estas constituían un «Cártel». Esta situación se concretaba en que estas marcas intercambiaban información comercial respecto de la distribución y servicios posventa de los vehículos y las marcas.
Como conclusión, lo que se producía era que los consumidores pagaban un precio superior al que habrían pagado en condiciones normales.
Ante la situación expuesta se ha planteado la posibilidad de reclamación de indemnizaciones contra este cártel, con todo lo que ello representa, ante una evidente alud de posibles demandas y el trámite judicial a seguir para todo ello.
Para valorar la viabilidad de éxito, de las potenciales demandas, debe hacerse referencia a la fe-cha de adquisición del vehículo, una serie de documentación necesaria, y el correspondiente infor-me pericial.
Últimamente, en cualquier caso, ya existen dos sentencias de referencia, estimatorias de demandas de reclamación por el cártel de coches, en concreto del Juzgado de lo Mercantil de Cádiz, Sentencia n.º 100/2021 de 5 de abril, y Sentencia n.º 99/2021 de 5 de abril.
En base a todo lo anterior, existe la evidencia de una posibilidad de reclamación que, en todo caso, deberá articularse mediante la correspondiente demanda judicial, juicio verbal, a tramitar ante el Juzgado de lo Mercantil competente.
Adjuntamos ampliación de la información por si es de su interés:
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En caso de estar interesado no dude en enviarnos la documentación del vehículo y verificamos la posibilidad de reclamación y gestionamos la misma,