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NOTAS INFORMATIVAS

NOTA INFORMATIVA 5 -MEDIDAS EN MATERIA DE FISCALIDAD ENERGÉTICA. MODIFICACIÓN DEL TIPO IMPOSTITIVO DEL IVA

El pasado 26 de junio del 2022 fue publicado en el BOE el RDL 11/2022 sobre medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Este R.D. establece en el artículo 18, con efectos desde el 1 de julio de 2022 y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022, la aplicación del Tipo Impositivo del 5% de IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica efectuadas a favor de titulares de contratos de suministro de electricidad, cuya potencia contratada (término fijo de potencia) sea inferior o igual a 10 Kw, con independencia del nivel de tensión del suministro y la modalidad de contratación, siempre que el precio medio de la electricidad del mes anterior al del período de facturación haya superado los 45€ /Mwh.

Por lo tanto, a partir del mes de julio y hasta el 31 de diciembre del 2022, se crea un nuevo tipo impositivo del IVA del 5%, destinado exclusivamente al suministro eléctrico, el cual debe diferenciarse en los libros registro de IVA y en las declaraciones trimestrales

Comunicación de facturas al Suministro Inmediato de Información (SII)

La AEAT ha actualizado las validaciones técnicas, tal y como indican en el «Documento de validaciones y errores» del SII, de tal forma que el sistema admite el tipo impositivo del 5% en aquellas facturas expedidas/recibidas cuya fecha de operación esté comprendida entre el 1 de julio de 2022 y el 31 de diciembre de 2022.

Modelo 303

Dado que la normativa en cuestión surte efectos a partir del 01/07/2022, ello afecta a la cumplimentación del modelo 303 mensual del mes 07 y posteriores, así como los 303 trimestrales del 3T y 4T.

Es importante separar el nuevo tipo impositivo del 5%
sobre el consumo eléctrico.

Ceteb